- Barcelona: La edad mínima para conducir es de 16 años. Está tolerado circular por el carril bicicleta en la acera y en la región 30, en los dos casos con condiciones. Se deja el estacionamiento en áreas designadas. Se prevén multas de hasta cien € por infracciones leves, hasta 200 € por infracciones graves y hasta 500 € por infracciones muy graves.
- La capital española: La edad mínima para conducir es de 15 años. Las probables zonas de tráfico son calles para bicicletas, carriles para bicicletas, carriles para bicicletas, calles incorporadas en calles de 30 zonas y calles con una agilidad máxima de 30 km por hora. Los scooters de alquiler tienen que tener seguro y emplearse con casco.
- Valencia: La edad mínima para conducir es de 16 años. Está prohibida la circulación por las aceras, salvo los automóviles pequeños y rápidos, que tienen la posibilidad de circular a diez km/h. Se autoriza en el pavimento de vías corredores, vías de sentido único y en el pavimento de calles de la región 30 a una agilidad máxima de 30 km/h.
- Bilbao: La edad mínima para conducir es de 16 años. En los recorridos señalizados en los parques y jardines se autorizará la circulación en el momento en que el número de personas lo deje, eludiendo zigzaguear entre la gente y adelantarlas a una distancia inferior a un metro y con una agilidad máxima de diez km/h. Esta normativa se aplica a ciertas calles del Casco Viejo (de La Cruz, Portal de Zamudio y Ronda), quedando contraindicado el tráfico en el resto.
- Sevilla: La edad mínima para conducir es de 15 años. Tienen la posibilidad de circular por carretera (agilidad máxima 25 km/h) y por carriles bicicleta (15 km/h). En la situacion de vías corredores compartidas con viandantes, van a deber achicar su agilidad a diez km/h. Se prevén sanciones de hasta 400 euros por circular con automóviles de movilidad personal no autorizados o por incumplir la normativa.
- En Coruña: La edad mínima para conducir es de 15 años. Está limitada a una agilidad máxima de 20 km/h en carriles bicicleta y de diez km/h en vías corredores donde distribuyen espacio con los viandantes. Los VMP privados y no comerciales tienen la posibilidad de aparcar en espacios reservados para estacionamiento de bicicletas.
- Zaragoza: No hay edad mínima para conducir. Su circulación está limitada a carriles bicicleta y vías de un solo sentido, con un límite de agilidad de 30 km/h o menos.
No es el único incidente de exactamente la misma semana
Y sucede que este hecho se aúna a otros que se han producido con personas que viajaban en patinetes eléctricos. Unos días después, el conductor de un patinete eléctrico resultó dificultosamente herido en un incidente en Valencia.
En un caso así, el incidente se causó entre el conductor del patinete y una bicicleta. El hecho ocurrió en el momento en que la mujer que conducía el scooter pasó a la bicicleta. Como resultado, el conductor de la scooter padeció una lesión en la cabeza y se fracturó el tabique nasal. Además de esto, tras pegar el suelo, asimismo sangraba por los oídos.
¿Es obligación la utilización de casco para caminar en scooter?
Desde septiembre de 2021, la utilización de casco es obligación para caminar en patinete eléctrico.
¿Puedo llevar un alcoholímetro mientras que voy en patinete eléctrico?
Sí, los conductores de PMV o automóviles de movilidad personal están sujetos a exactamente los mismos escenarios máximos de alcohol en sangre establecidos por la Ley de Seguridad Vial.
También, la normativa asimismo prohíbe de manera expresa la conducción en presencia de drogas en el organismo.
Novedosa normativa
Entendemos que la DGT trabaja en la oportunidad de detallar una exclusiva tarjeta para individuos de patinetes y bicicletas eléctricas en el contexto de la novedosa normativa, cuyos trabajos de implantación se han retrasado por la crisis del COVID19. Asimismo corre el rumor de que los scooters y vmps cuyas informaciones de factoría cumplan con los estándares para ser considerados tipo A y B (esos que no precisan permiso) incorporarán una pegatina con un código QR que dejará reconocerlos. De una forma simple. Estas últimas cuestiones precisamente están en estudio, pero a la fecha y de momento no se aplican.
Antes de obtener tu patinete, te aconsejamos que estudies pausadamente sus especificaciones y compruebes que cumple la normativa, para no llevarte sorpresas desapacibles. En Weecover contamos clientes del servicio que, lamentablemente, se han comprado una scooter con toda la ilusión de todo el mundo con la que no tienen la posibilidad de circular por ser considerados ciclomotores y no tener carnet. Si los datos del desarrollador o vendedor no son claros sobre esto, te aconsejamos que los solicites antes de obtener, y si no te los hacen más fácil, mejor que escojas otra tienda o modelo donde te los tengan claro.